Es una institución privada cuya misión es administrar la prestación del Servicio de arbitraje comercial en los términos de las reglar de Arbitraje del CAM.
Además ofrece otros servicios como son:
Designación de árbitros, peritos y miembros de paneles de solución de controversias; administración e peritaje; accesoria en la redacción de clausulas arbitrales; y capacitación en matera de arbitraje comercial, entre otros.
COMO PROMUEVE EL COMERCIO EXTERIOR
De acuerdo con el artículo 38 de la reglas de Arbitraje del CAM, el costo del arbitraje se calcula aplicando el Arancel para el cálculo de los gastos del arbitraje que establece el apéndice II de las reglas.
De acuerdo con el articulo 38 corresponde al Secretario General fijar el importe del depósito de fondos paras cubrir los gastos de arbitraje que establece al apéndice II. El secretario general fijará el importe de dicho depósito a su dirección si el monto en litigio fuere indeterminado.
Asimismo, a lo establecido en el artículo, el monto del depósito fijado por el Secretario general para cubrir los gastos del arbitraje podrá ser revisado y ajustado para tomar en consideración modificaciones ulteriores del monto en litigio, cambios en la estimación de gastos del tribunal Arbitral y la dificultad o complejidad del procedimiento.
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lunes, 22 de septiembre de 2008
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